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Guía para beneficiarios

Cómo cobrar un seguro de vida en Ecuador: pasos, documentos y plazos

Actualizado el 28 de septiembre de 2026 · Lectura de 7 minutos

Perder a un ser querido ya es bastante difícil. Si esa persona tenía un seguro de vida y tú eres beneficiario, esta guía te explica, paso a paso y sin tecnicismos, cómo presentar el reclamo, qué documentos preparar y qué hacer si la aseguradora no responde.

En resumen

1. Antes de empezar: ¿eres beneficiario?

El beneficiario es la persona que el asegurado designó en la póliza para recibir el dinero. Puede ser su pareja, sus hijos, sus padres u otra persona. Para confirmarlo:

2. Paso a paso para cobrar el seguro

  1. Avisa a la aseguradoraComunica el fallecimiento por teléfono, correo o en sus oficinas, y pide el número de reclamo o siniestro. Si hubo un asesor o bróker, él puede acompañarte en todo el trámite.
  2. Pide la lista oficial de requisitosCada aseguradora y cada póliza puede pedir documentos distintos. Solicítala por escrito para no perder tiempo.
  3. Reúne los documentosUsa la lista de la sección siguiente. Saca copias y guarda un respaldo digital de todo.
  4. Presenta el reclamo completoEntrégalo con el formulario de la aseguradora firmado y pide una constancia de recepción con fecha. Desde ahí corre el plazo de respuesta.
  5. Da seguimientoSi piden documentos adicionales, respóndelos pronto y siempre por escrito.
  6. Recibe el pagoLa aseguradora paga por transferencia a la cuenta del beneficiario. Si objeta el pago, debe hacerlo por escrito y explicando sus razones.

3. Documentos que suelen pedir

Esta es una lista de referencia. La lista oficial es la de tu aseguradora, así que confírmala con ella.

💡 Consejo: escanea los documentos en PDF antes de entregarlos. Muchas aseguradoras reciben reclamos por correo y así evitas volver a buscarlos.

4. Plazos legales que debes conocer

¿Qué?PlazoBase legal
Avisar el fallecimiento (seguro de vida)Hasta 3 añosCódigo de Comercio
Respuesta de la aseguradora (pagar u objetar por escrito)30 días desde el reclamoLey General de Seguros, art. 42
Prescripción de las acciones del seguro3 años (nunca más de 5 desde el siniestro)Código de Comercio

Aunque la ley dé varios años, no esperes: mientras antes reclames, más fácil es conseguir los documentos y más pronto recibe tu familia el apoyo. Revisa también las condiciones de tu póliza, que pueden fijar plazos propios para ciertos trámites.

5. Qué hacer si la aseguradora no paga

Si pasan 30 días sin pago ni objeción escrita, o no estás de acuerdo con las razones de la negativa:

  1. Pide a la aseguradora su respuesta por escrito.
  2. Presenta un reclamo administrativo ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS). El trámite es gratuito y puede hacerse en línea en supercias.gob.ec o en sus oficinas.
  3. Adjunta la constancia del reclamo que hiciste ante la aseguradora, que es un requisito, y los documentos que la respaldan.

Si el caso es complejo, consulta también con un abogado.

6. Cómo saber si tu familiar tenía seguros

Muchas familias no saben que existe una póliza. Estas pistas ayudan a encontrarla:

Que a tu familia no le toque buscar

Con Mi Legado organizas todas tus pólizas en un solo lugar y, si un día no estás, tus beneficiarios reciben la información exacta para reclamar: aseguradora, número de póliza y asesor.

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7. Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un seguro de vida en Ecuador?

Según el Código de Comercio vigente, en el seguro de vida el beneficiario tiene hasta tres años para notificar el siniestro, y las acciones del contrato prescriben en tres años, sin exceder en ningún caso cinco años desde el siniestro. Revisa tu póliza y no esperes al último momento.

¿En cuánto tiempo debe pagar la aseguradora?

La Ley General de Seguros (art. 42) establece que la aseguradora debe pagar o presentar objeciones por escrito y motivadas dentro de 30 días desde que se presenta el reclamo.

¿Qué hago si la aseguradora no paga?

Pide la negativa por escrito y, con la constancia de tu reclamo ante la aseguradora, presenta un reclamo administrativo gratuito ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, en línea o en sus oficinas.

¿Quién cobra el seguro si no hay beneficiario designado?

Por lo general la indemnización corresponde a los herederos legales, que deben acreditar su calidad, por ejemplo con la posesión efectiva. Confirma el procedimiento con la aseguradora o un abogado.

Fuentes

Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría legal. Mi Legado no es una aseguradora ni un intermediario de seguros.